Por presuntamente no haber cumplido los requisitos legales para obtener patente de notaría, un ciudadano presentó una denuncia en contra de Marisela Marín Jonguitud, notaria pública número uno de Tulancingo.
La denuncia formal fue presentada ante la Fiscalía de Delitos Sexuales y Contra la Familia de Hidalgo, en contra Marisela Marín Jonguitud, notaria pública número uno del Distrito Judicial de Tulancingo de Bravo, por el presunto delito de uso ilícito de atribuciones y facultades relacionado con particulares.
La acusación principal radica en que Marín Jonguitud habría obtenido y ejercido la patente notarial desde 2008 sin cumplir con el requisito legal de contar con cinco años de ejercicio profesional previo.
La denuncia, NUC 12-2024-1***, menciona que la notaria fue designada el 25 de agosto de 2008, mediante un acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Hidalgo el 3 de noviembre de ese mismo año, durante la administración del entonces gobernador Miguel Ángel Osorio Chong.
Sin embargo, según la Dirección General de Profesiones, la cédula profesional de Marisela Marín Jonguitud fue expedida hasta el año 2006, lo que haría “material y legalmente imposible” que hubiera cumplido con los cinco años de ejercicio profesional exigidos por el artículo 17 de la Ley del Notariado para el Estado de Hidalgo, vigente en 1992.
El denunciante señala que, a pesar de haber sido designada sin cumplir los requisitos legales, la notaria “promovió y solicitó activamente su designación”, lo que configuraría su “participación dolosa en un acto administrativo ilegal” del cual ha derivado un “beneficio económico permanente”.
La calificación jurídica de los hechos se sustenta en el artículo 321 Bis en relación con el artículo 309 Ter, fracción I, inciso a) del Código Penal para el Estado de Hidalgo.
El artículo 321 Bis sanciona a quien, “a sabiendas de la ilicitud del acto, y en perjuicio del patrimonio o servicio público o de otra persona, participe, solicite o promueva la perpetración de cualquiera de las conductas previstas en el artículo 309 Ter”, que a su vez se refiere al servidor público que “ilícitamente: a) Otorgue concesiones de prestación de servicios públicos o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del Estado”.
Se sostiene que el delito denunciado es de “naturaleza permanente”, por lo que la acción penal no ha prescrito, conforme a lo establecido en el artículo 120 en relación con el artículo 12 fracción II del Código Penal para el Estado de Hidalgo. Este artículo indica que el término de prescripción de los delitos permanentes comienza a correr “desde que haya cesado totalmente la permanencia”.
En la denuncia se menciona que la conducta imputada, consistente en haber obtenido la patente notarial sin los requisitos legales y haberla ejercido de forma continuada hasta la fecha con conocimiento de su ilegalidad, configura “un estado antijurídico que se prolonga en el tiempo por la propia voluntad de la persona denunciada”.
Recientemente, la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo judicializó una denuncia en contra del exnotario público número seis de Tizayuca, Eduardo Octavio N, por su presunta responsabilidad en el ejercicio de la función notarial sin contar con el título profesional correspondiente como licenciado en Derecho; el delito que se le imputa es el de usurpación de profesiones.
Asimismo, La Silla Rota Hidalgo documentó otro caso de una notaria pública que no cuenta con el registro de su título profesional ante el Registro Nacional de Profesionistas. Se trata de Minerva Marcela Straffon Ortiz, que de acuerdo con el directorio de Notarías Públicas se encuentra en funciones en el municipio de Molango de Escamilla.
You must be logged in to post a comment Login