Por discriminar a un menor, vinculan a proceso a exdirectora del Deporte en Hidalgo

Fátima Lorena B.P., exdirectora del Instituto Hidalguense del Deporte (Inhide), junto con Gustavo B.P. y Andrea S.M., este jueves por la mañana fueron vinculados a proceso por el delito de discriminación agravada contra un menor de edad con síndrome de Down.

Esto porque al menor se le impidió nadar en la alberca olímpica junto a otros menores sin discapacidad.

La medida cautelar que le fue dictada a Fátima Lorena B.P. fue la de no acercarse a la víctima ni al Instituto Hidalguense del Deporte, mientras que a Gustavo B.P. y Andrea S. M. quienes trabajan en el Inhide, tampoco pueden acercarse a la víctima, ni al instituto, además de no poder ejercer su cargo.

La audiencia inicial tuvo lugar a las 5:30 de la tarde del miércoles y terminó a las 2:30 de la mañana del jueves, dando a conocer que los hechos tuvieron lugar en el año 2018, cuando se le impidió al menor entrar a la piscina.

Los imputados solicitaron por medio de la defensa la no vinculación a proceso y argumentaron que no cometieron discriminación, puesto que nunca le negaron el servicio al niño con Síndrome de Down, sino que le ofrecieron nadar en un grupo adaptado.

Sin embargo, el padre del menor dijo que durante la audiencia que los imputados discriminaron al menor porque creyeron que era lo correcto, y que esa decisión causó un retroceso de siete meses con respecto a lo que el niño ya había aprendido.

“Mi hijo fue segregado, excluido y separado por personas que pensaron que así era correcto. Yo solo pido que mi pequeño hubiera sido tratado como la persona que es”.

A pesar de las peticiones, el Juez dijo que sí excluyeron al menor y finalmente los vinculó a proceso.

El Código Penal del Estado de Hidalgo establece que se comete el delito de discriminación ya sea por razones de origen, identidad indígena, nacionalidad, sexo, identidad de género, preferencia u orientación sexual, edad, discapacidad, condición social o económica, trabajo, profesión, escolaridad, estado de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, estado civil, identidad política, apariencia física, características genéticas, situación migratoria o de otra índole.

La discriminación puede darse por medio de conductas que nieguen o retarden un servicio o una prestación a la que se tenga derecho o incluso restringir derechos laborales.

Así, al responsable se le pueden imponer de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientas veces el valor de la UMA.

En cambio, si el delito de discriminación es cometido por un servidor público, imponiéndose además la destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier trabajo o cargo, también se le dará un tiempo igual al de la pena de prisión preventiva.

You must be logged in to post a comment Login